Es una de las situaciones que más sorpresas desagradables provoca, y casi siempre se descubre en el peor momento: cuando la persona quiere volver a casarse, tramitar un DPI actualizado o firmar una escritura, y le informan que en los registros guatemaltecos figura como casada.
Por qué la sentencia extranjera no basta
Las sentencias dictadas fuera de Guatemala no surten efectos automáticos en el país. El sistema legal guatemalteco exige que cualquier resolución extranjera sea reconocida previamente por un juez competente en Guatemala, mediante un procedimiento conocido como exequátur o ejecución de sentencia extranjera.
El Código Procesal Civil y Mercantil regula esta materia en sus artículos 344 a 346. El artículo 344 establece que las sentencias extranjeras tendrán en Guatemala la eficacia que la legislación del país de origen reconozca a las sentencias guatemaltecas. El artículo 346 señala que la sentencia debe presentarse traducida, autenticada y con el pase legal solicitado al juez, quien resolverá sobre su ejecución.
Qué pasa si no lo hace
No podrá inscribir un nuevo matrimonio en Guatemala, su DPI seguirá indicando estado civil casado, y los actos que dependan de su estado civil —incluidos los relativos a bienes conyugales y a la sucesión— se regirán por un matrimonio que usted considera terminado. Si fallece, su expareja podría figurar como cónyuge sobreviviente.
Vale la pena subrayarlo porque mucha gente lo descubre tarde: el problema no desaparece con el tiempo, y resolverlo después de años suele ser más complicado, sobre todo si la expareja ya no está localizable.
El recorrido del trámite
- Obtener copia certificada de la sentencia de divorcio ante la corte estadounidense que la dictó. Debe ser una copia certificada, no una impresión.
- Apostillar la sentencia ante la autoridad competente del estado, normalmente la Secretaría de Estado.
- Traducirla al español por traductor jurado autorizado.
- Presentarla ante juez competente en Guatemala, con auxilio de abogado colegiado, para el reconocimiento de la sentencia extranjera.
- Obtener la certificación de la resolución que reconoce la sentencia.
- Inscribir el divorcio en el RENAP, con lo cual el estado civil cambia a divorciado.
- Solicitar el DPI actualizado con el nuevo estado civil.
Documentos que suelen requerirse
- Sentencia de divorcio estadounidense, en copia certificada y apostillada
- Traducción jurada al español de la sentencia
- Certificación de matrimonio emitida por el RENAP
- Certificaciones de nacimiento de ambos excónyuges
- DPI o pasaporte del solicitante
- Mandato judicial, si usted no comparece personalmente
Puede hacerlo sin viajar
El trámite se gestiona mediante mandato judicial otorgado a un abogado en Guatemala. Puede otorgarlo ante un notario del país donde reside, con apostilla, o ante un notario guatemalteco radicado en su localidad, en cuyo caso no se requiere apostilla.
Su expareja no necesita participar en el reconocimiento: no se está discutiendo el divorcio, que ya fue resuelto por la corte estadounidense, sino haciendo que esa resolución surta efectos en Guatemala.
Si el matrimonio se celebró en Estados Unidos
El escenario cambia. Si usted se casó fuera de Guatemala y ese matrimonio nunca se inscribió en el RENAP, es posible que en los registros guatemaltecos aparezca como soltero, y entonces puede no haber nada que corregir.
Conviene verificarlo antes de iniciar cualquier trámite: pida una certificación reciente del RENAP y confirme qué estado civil aparece registrado. Ese es siempre el primer paso, y evita gastar tiempo y dinero en un procedimiento que quizá no necesita.
Preguntas frecuentes
Me divorcié en Estados Unidos, ¿por qué RENAP dice que sigo casado?
¿Qué pasa si no reconozco mi divorcio en Guatemala?
¿Necesita participar mi expareja en el trámite?
¿Puedo hacerlo sin viajar a Guatemala?
Lic. Sergio Alvarez
Abogado y Notario colegiado en Guatemala. LL.M. en Finanzas y MBA por la
Universidad Francisco Marroquín, Master in Management por Tulane University.
Conocer más sobre el autor
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso concreto. La legislación y los procedimientos administrativos pueden cambiar. Antes de tomar decisiones, consulte con un abogado colegiado que analice su situación particular.