Familia

Reconocer en Guatemala un divorcio dictado en Estados Unidos

Se divorció allá, tiene la sentencia en la mano y cree que el asunto quedó cerrado. Para Guatemala, sin embargo, usted sigue casado. Esto es lo que falta.

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Es una de las situaciones que más sorpresas desagradables provoca, y casi siempre se descubre en el peor momento: cuando la persona quiere volver a casarse, tramitar un DPI actualizado o firmar una escritura, y le informan que en los registros guatemaltecos figura como casada.

Por qué la sentencia extranjera no basta

Las sentencias dictadas fuera de Guatemala no surten efectos automáticos en el país. El sistema legal guatemalteco exige que cualquier resolución extranjera sea reconocida previamente por un juez competente en Guatemala, mediante un procedimiento conocido como exequátur o ejecución de sentencia extranjera.

El Código Procesal Civil y Mercantil regula esta materia en sus artículos 344 a 346. El artículo 344 establece que las sentencias extranjeras tendrán en Guatemala la eficacia que la legislación del país de origen reconozca a las sentencias guatemaltecas. El artículo 346 señala que la sentencia debe presentarse traducida, autenticada y con el pase legal solicitado al juez, quien resolverá sobre su ejecución.

Qué pasa si no lo hace

Sigue casado a todos los efectos legales en Guatemala

No podrá inscribir un nuevo matrimonio en Guatemala, su DPI seguirá indicando estado civil casado, y los actos que dependan de su estado civil —incluidos los relativos a bienes conyugales y a la sucesión— se regirán por un matrimonio que usted considera terminado. Si fallece, su expareja podría figurar como cónyuge sobreviviente.

Vale la pena subrayarlo porque mucha gente lo descubre tarde: el problema no desaparece con el tiempo, y resolverlo después de años suele ser más complicado, sobre todo si la expareja ya no está localizable.

El recorrido del trámite

1SentenciaCopia certificada de EE.UU.2ApostillaEn el estado que la dictó3TraducciónTraductor jurado al español4ReconocimientoJuez competente en Guatemala5InscripciónRENAP actualiza el estado civil
Recorrido del reconocimiento de una sentencia extranjera de divorcio
  1. Obtener copia certificada de la sentencia de divorcio ante la corte estadounidense que la dictó. Debe ser una copia certificada, no una impresión.
  2. Apostillar la sentencia ante la autoridad competente del estado, normalmente la Secretaría de Estado.
  3. Traducirla al español por traductor jurado autorizado.
  4. Presentarla ante juez competente en Guatemala, con auxilio de abogado colegiado, para el reconocimiento de la sentencia extranjera.
  5. Obtener la certificación de la resolución que reconoce la sentencia.
  6. Inscribir el divorcio en el RENAP, con lo cual el estado civil cambia a divorciado.
  7. Solicitar el DPI actualizado con el nuevo estado civil.

Documentos que suelen requerirse

  • Sentencia de divorcio estadounidense, en copia certificada y apostillada
  • Traducción jurada al español de la sentencia
  • Certificación de matrimonio emitida por el RENAP
  • Certificaciones de nacimiento de ambos excónyuges
  • DPI o pasaporte del solicitante
  • Mandato judicial, si usted no comparece personalmente

Puede hacerlo sin viajar

El trámite se gestiona mediante mandato judicial otorgado a un abogado en Guatemala. Puede otorgarlo ante un notario del país donde reside, con apostilla, o ante un notario guatemalteco radicado en su localidad, en cuyo caso no se requiere apostilla.

Su expareja no necesita participar en el reconocimiento: no se está discutiendo el divorcio, que ya fue resuelto por la corte estadounidense, sino haciendo que esa resolución surta efectos en Guatemala.

Si el matrimonio se celebró en Estados Unidos

El escenario cambia. Si usted se casó fuera de Guatemala y ese matrimonio nunca se inscribió en el RENAP, es posible que en los registros guatemaltecos aparezca como soltero, y entonces puede no haber nada que corregir.

Conviene verificarlo antes de iniciar cualquier trámite: pida una certificación reciente del RENAP y confirme qué estado civil aparece registrado. Ese es siempre el primer paso, y evita gastar tiempo y dinero en un procedimiento que quizá no necesita.

Preguntas frecuentes

Me divorcié en Estados Unidos, ¿por qué RENAP dice que sigo casado?
Porque las sentencias extranjeras no surten efectos automáticos en Guatemala. Se requiere que un juez guatemalteco reconozca la sentencia mediante el procedimiento de exequátur, regulado en los artículos 344 a 346 del Código Procesal Civil y Mercantil.
¿Qué pasa si no reconozco mi divorcio en Guatemala?
Legalmente seguirá casado en Guatemala. No podrá inscribir un nuevo matrimonio, su DPI mantendrá el estado civil de casado, y su expareja podría figurar como cónyuge en asuntos de bienes o de sucesión.
¿Necesita participar mi expareja en el trámite?
No. No se está discutiendo el divorcio, que ya fue resuelto por la corte extranjera, sino haciendo que esa resolución surta efectos en Guatemala.
¿Puedo hacerlo sin viajar a Guatemala?
Sí. Se gestiona mediante mandato judicial otorgado a un abogado en Guatemala, ante notario de su país de residencia con apostilla, o ante notario guatemalteco radicado en su localidad.
Lic. Sergio Alvarez, Abogado y Notario Lic. Sergio Alvarez Abogado y Notario colegiado en Guatemala. LL.M. en Finanzas y MBA por la Universidad Francisco Marroquín, Master in Management por Tulane University. Conocer más sobre el autor

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal para un caso concreto. La legislación y los procedimientos administrativos pueden cambiar. Antes de tomar decisiones, consulte con un abogado colegiado que analice su situación particular.

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